DATOS REALES ACTUALIZADOS CONSTANTEMENTE

EMPRESAS
J.R de COLLADO VILLALBA - Factura 287,27€ ahorra 98,53€ (35% )
F.V de BENASSAL - Factura 147,21€ ahorra 23,77€ (17% )
S. de MADRID - Factura 1.132,33€ ahorra 109,60€ (10% )
A.G de SAN VICENTE DEL RASPEIG - Factura 255,79€ ahorra 24,34€ (10% )
S.G de SALAMANCA - Factura 214,93€ ahorra 33,44€ (16% )
S.G de SALAMANCA - Factura 65,76€ ahorra 17,28€ (27% )
S.G de SALAMANCA - Factura 65,76€ ahorra 15,36€ (24% )
S.G de SALAMANCA - Factura 214,93€ ahorra 29,47€ (14% )
F.C de MARBELLA - Factura 124,27€ ahorra 42,89€ (35% )
F.C de MáLAGA - Factura 68,28€ ahorra 14,66€ (22% )
F.C de MáLAGA - Factura 37,80€ ahorra 2,99€ (8% )
F.C de MARBELLA - Factura 207,54€ ahorra 11,18€ (6% )
F.C de MáLAGA - Factura 582,70€ ahorra 33,72€ (6% )
F.C de MáLAGA - Factura 86,38€ ahorra 3,55€ (5% )
F.C de MáLAGA - Factura 467,90€ ahorra 38,55€ (9% )
F. de MADRID COLEGIO DE ABOGADOS - Factura 6.629,40€ ahorra 2.681,52€ (41% )
A.I de ZARAGOZA - Factura 41,40€ ahorra 6,73€ (17% )
F. de MADRID COLEGIO DE ABOGADOS - Factura 6.629,40€ ahorra 2.543,70€ (39% )
F. de MADRID COLEGIO DE ABOGADOS - Factura 6.629,40€ ahorra 2.543,70€ (39% )
C.K de ALCORCON - Factura 749,67€ ahorra 70,33€ (10% )
M.D de CóRDOBA - Factura 987,44€ ahorra 537,21€ (55% )
J.M de ZARAGOZA - Factura 136,82€ ahorra 25,16€ (19% )
C de REUS - Factura 556,70€ ahorra 116,22€ (21% )
S.V de EL PUERTO DE SANTA MARíA - Factura 205,78€ ahorra 110,79€ (54% )
S.V de EL PUERTO DE SANTA MARíA - Factura 205,78€ ahorra 110,26€ (54% )
J.A de FONTANILLES - Factura 186,08€ ahorra 49,60€ (27% )
N.D de SAN SEBASTIáN DE LOS REYES - Factura 706,54€ ahorra 245,53€ (35% )
I.D de SAN ROQUE - Factura 159,98€ ahorra 52,70€ (33% )
I.D de SAN ROQUE - Factura 159,98€ ahorra 52,70€ (33% )
I.B de GIBRALEóN - Factura 92,16€ ahorra 28,08€ (31% )
I.B de GIBRALEóN - Factura 92,16€ ahorra 28,08€ (31% )
N.D de SAN SEBASTIáN DE LOS REYES - Factura 706,54€ ahorra 245,53€ (35% )
R.P de SALDES - Factura 74,57€ ahorra 3,99€ (6% )
R.G de COAñA - Factura 197,21€ ahorra 11,37€ (6% )
N.D de SAN SEBASTIáN DE LOS REYES - Factura 706,54€ ahorra 245,53€ (35% )
F.G de ORIHUELA - Factura 1.645,38€ ahorra 535,88€ (33% )
A. de GALDAKAO - Factura 4.888,19€ ahorra 457,70€ (10% )
M.M de CóRDOBA - Factura 1.894,69€ ahorra 353,91€ (19% )
M.M de CóRDOBA - Factura 1.894,69€ ahorra 353,91€ (19% )
M.M de CóRDOBA - Factura 1.894,69€ ahorra 353,91€ (19% )
P.T de MOJACAR - Factura 62,02€ ahorra 7,62€ (13% )
J.A de PUERTO SERRANO - Factura 34,62€ ahorra 10,51€ (31% )
M.V de MANACOR - Factura 64,96€ ahorra 8,93€ (14% )
M.V de MANACOR - Factura 70,40€ ahorra 12,75€ (19% )
M.V de MANACOR - Factura 172,37€ ahorra 44,33€ (26% )
P.M de CARTAGENA - Factura 356,48€ ahorra 33,43€ (10% )
R.G de GRANADA - Factura 65,47€ ahorra 10,68€ (17% )
R.N de GETAFE - Factura 47,06€ ahorra 6,94€ (15% )
R.N de GETAFE - Factura 47,06€ ahorra 25,50€ (55% )
J.M de PUERTO REAL - Factura 100,98€ ahorra 36,31€ (36% )
A. de SAX - Factura 2.557,07€ ahorra 778,67€ (31% )
A.R de CIUDAD REAL - Factura 791,88€ ahorra 217,78€ (28% )
M.V de VALèNCIA - Factura 169,01€ ahorra 37,11€ (22% )
M.V de VALèNCIA - Factura 126,07€ ahorra 58,03€ (47% )
I.A de MUNGIA - Factura 200,50€ ahorra 35,02€ (18% )
F.V de MADRID - Factura 320,35€ ahorra 55,76€ (18% )
F.V de MADRID - Factura 320,35€ ahorra 55,76€ (18% )
F.V de MADRID - Factura 320,35€ ahorra 66,69€ (21% )
F.G de ORIHUELA - Factura 1.645,38€ ahorra 490,13€ (30% )
F.G de ORIHUELA - Factura 1.645,38€ ahorra 490,13€ (30% )
A.H de CANTALAPIEDRA - Factura 1.165,50€ ahorra 312,14€ (27% )
A.H de CANTALAPIEDRA - Factura 2.397,72€ ahorra 690,62€ (29% )
A.H de CANTALAPIEDRA, - Factura 2.291,03€ ahorra 630,64€ (28% )
L. de MONTORO - Factura 2.228,38€ ahorra 373,58€ (17% )
L. de MONTORO - Factura 3.992,13€ ahorra 881,22€ (23% )
P.C de BARCELONA - Factura 898,61€ ahorra 217,10€ (25% )
J.B de GILET - Factura 170,45€ ahorra 42,87€ (26% )
P.M de CARTAGENA - Factura 380,53€ ahorra 97,03€ (26% )
P.M de CARTAGENA - Factura 267,37€ ahorra 78,49€ (30% )
J.B de GILET - Factura 170,45€ ahorra 42,87€ (26% )
L.J de CACERES - Factura 772,52€ ahorra 198,19€ (26% )
J. de MARBELLA - Factura 664,48€ ahorra 113,11€ (18% )
J. de MARBELLA - Factura 664,48€ ahorra 113,11€ (18% )
J. de MARBELLA - Factura 664,48€ ahorra 113,11€ (18% )
M.J de BARCELONA - Factura 1.573,16€ ahorra 204,60€ (14% )
U.T de IRUN - Factura 427,90€ ahorra 173,84€ (41% )
¿Que es el Bono social?

El Bono Social es una ayuda especial sobre las Tarifas de Último Recurso para determinados colectivos sociales. Se trata de una congelación de las tarifas: desde el momento en que se solicite las tarifas quedarán congeladas para el usuario hasta el año 2012.

Tabla de contenido

 

¿Quién puede acogerse al Bono Social?

En todos los casos, el beneficiario debe estar acogido a una Tarifa de Último Recurso, y el punto de suministro debe ser el de su residencia habitual.
* Personas físicas que no tengan contratada una potencia mayor de 3 kW.
* Jubilados mayores de 60 años que perciban una pensión mínima.
* Familias numerosas.
* Familias que tengan a todos sus miembros en paro.

 

¿Cuándo puede solicitarse el Bono Social?

Ya puede solicitarse. Toda la documentación necesaria debe remitirse a la propia comercializadora personalmente o mediante el envío de un fax, de un mensaje de correo electrónico, o por correo postal. El Bono Social se hará efectivo el primer día del mes siguiente al día de recepción de la información completa si es antes del día 15, o de dos meses después en caso de enviar la documentación más tarde del día 15 del mes.
Cabe recordar que aunque no se pida ahora puede pedirse más adelante, es decir, no hay una fecha límite para solicitarlo. Podrá solicitarse en cualquier momento durante los años en los que esté vigente.

 

» ¿Qué documentación necesito para el Bono Social?

Para consumidores con potencia inferior a 3 kW:
- No deben hacer nada: automáticamente se beneficiarán del Bono Social a partir del 1 de Julio.

Para Familias Numerosas:
- Rellenar la solicitud.
- Acreditarlo mediante el carnet correspondiente (según lo establecido en la Ley 40/2003 de Protección a las Familias Numerosas).

Para Jubilados mayores de 60 años y perceptores de pensión mínima:
- Rellenar la solicitud .
- Acreditar su condición de Jubilados con derecho al Bono Social.
- Llevarla en mano a la oficina de la empresa distribuidora o enviarla por correo postal, fax o email que su distribuidora le indique.

Para familias con todos sus miembros en paro:
- Rellenar la solicitud .
- Acreditar la situación de desempleo de todos los miembros activos de la unidad familiar. Esta gestión la hará directamente la propia comercializadora, solicitando que la Tesorería de la Seguridad Social acredite dicha situación, (BOE del 29 de Junio de 2009, Sección 1, página 53830). Esto supone que todos deben estar inscritos en el registro de personas desempleadas (estar dado de alta en el INEM).

 

Baja en el Bono Social y multas

Los Beneficiarios del Bono Social están obligados a informar a su comercializadora en cuanto dejen de tener derecho a él (por ejemplo, cuando uno de los miembros que estaba en paro encuentre trabajo). De no ser así, la multa consistiría en volver a calcular lo facturado desde el momento en que se dejó de tener derecho al Bono Social, aplicando un recargo del 10%, y cobrando al titular la diferencia entre lo que había pagado y las nuevas facturas con el recargo.

Entre un 10% y hasta un 20%


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Tarifas de Luz en los medios

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Tarifas de Luz, el primer comparador de tarifas eléctricas de España, tuvo una buena acogida en los medios de comunicación. Prueba de ello son las frecuentes entrevistas realizados en varios programas de radio de la COPE como invitados asiduos.

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